Acción declarativa de inconstitucionalidad
Autonomía provincial / Edad para sufragar /La facultad de cada provincia de organizar y regular su propio régimen electoral reconoce un marco de contención que le impone un límite infranqueable dado por los principios y garantías esenciales que encuentran amparo constitucional. Algunos de los requisitos contemplados en el art. 37 C.N. con respecto al sufragio, resultan de aplicación erga omnes por su carácter sustancial, como por ejemplo l...
Tribunal: T.S.J., en pleno
Autos: Alianza Electoral Provisoria Córdoba Podemos y otros c/ Provincia de Córdoba
Revista Nro: 177
Nro Página: 225