Medida de no innovar
Administración pública / Límites de su actuación / Resoluciones sobre medidas precautorias / Carácter de la sentencia /De permitirse a la administración la posibilidad de «variar» sin límites la situación jurídica sometida a pleito con el argumento de que el acto «posterior» no es materia de la demanda, y por lo tanto no podría ser suspendido en sus efectos en este trámite, se dejarían librados a su arbitrariedad los derechos de los administrados.
El obrar de la administración debe ajustarse a las normas y princi...
Tribunal: Cámara C., C. y Cont. Adm. de Bell Ville
Autos: Martínez, Mario Eugenio c/ Municipalidad de Bell Ville
Revista Nro: 59
Nro Página: 264