Inhabilidad de titulo

Procedencia de la excepción /

En nuestro régimen procesal la procedencia de la excepción de «inhabilidad de título» no depende de que el demandado niegue la autenticidad de la firma que se le atribuye, puesto que tal negación es el objeto propio de la «excepción de falsedad», que es independiente de aquélla. El título es inhábil cuando no cumple los requisitos formales de carácter esencial exigidos por la ley, condición que n...
Tribunal: Cámara 1ª C., C. y Cont. Adm. de Río Cuarto
Autos: Miatello, Francisco c/ José María Becerra s/ Demanda ejecutiva

Revista Nro: 68
Nro Página: 231

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