Juicio ejecutivo

Oposición de excepciones / Carga de la prueba /

El art. 548 C.P.C.C. es claro al imponer al demandado la prueba de los hechos en que funde las excepciones. En consecuencia, aunque el documento que se pretende ejecutar presente alteraciones visibles, el demandado deberá ofrecer y diligenciar la prueba pericial respectiva....
Tribunal: Cámara C., C., de Flia. y del Trab. de Río Tercero
Autos: Griglio, Luisa V. c/ Raúl Secres - Ejecutivo

Revista Nro: 75
Nro Página: 195

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