Derecho previsional
Beneficiaciarios del subsidio / Preeminencia de la voluntad del causante / Derechos de los causahabientes si no existe designación /La ley prevé como beneficiarios del subsidio a quienes designe el afiliado en sobre cerrado -teniendo preeminencia esta voluntad- o, en su defecto, los derecho-habientes del art. 54 de la ley 8577, sin que en este último caso resulte necesario que reúnan las condiciones allí establecidas para percibir el derecho de pensión, por lo que si no existiera la mentada designación por parte del afiliado e...
Tribunal: Cámara 1ª Cont. Adm.
Autos: Ferrero de Mores, Laura c/ Caja de Previsión para Profesionales de la Salud de la Provincia de Córdoba
Revista Nro: 78
Nro Página: 269