Prisión preventiva
Cómputo / Fundamento /A los efectos del art. 24 C.P. en función de los arts. 7º, 8º y concs. de la ley 24.390, corresponde computar como «prisión preventiva» el tiempo transcurrido desde su detención hasta la resolución que declaraba formalmente improcedente o rechazaba el recurso de casación deducido en contra de la sentencia condenatoria dictada por el tribunal de juicio, solución que obedece al efecto suspensivo de ...
Tribunal: T.S.J., Sala Penal
Autos: Paredes, Daniel Enrique p.s.a. abuso deshonesto, etc. - Recurso de casación (Cómputo de penal)
Revista Nro: 84
Nro Página: 286