Contratos
Pérdida de la posesión / Tenencia precaria /La posesión se pierde por el solo animus, si en algún momento el poseedor tiene la voluntad de renunciar a ella. En ese momento, a raíz de dicha decisión de la voluntad, la reproducción de la voluntad originaria, debido a la determinación contraria, deviene imposible, y esta imposibilidad produce necesariamente la pérdida de la posesión.
Si se ha producido la pérdida de la posesión, los accionado...
Tribunal: Cámara 3ª C. y C
Autos: Ferrero Caryl J. M. y otros c/ Julio César Robledo y otra
Revista Nro: 83
Nro Página: 246